sábado, 25 de enero de 2014

La ejecución del acuerdo de mediación

Una cuestión interesante sería saber si el art. 548LEC afectaría a la ejecución del acuerdo de mediación

Un interesante artículo doctrinal de José Manuel Silvosa Tallón, Secretario Judicial , Profesor de la Escuela de Práctica Jurídica, Universidad de Santiago de Compostela y activo colaborador en la formación de Abogados, Procuradores y Mediadores.

El plazo de espera del artículo 548 de la lec, problemas prácticos.  
Ver artículo doctrinal

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1 comentario:

Redacción dijo...

Un artículo de especial interés