La mediación puede definirse como un modelo de solución de
conflictos que, mediante la intervención de un “tercero” neutral e imparcial,
ayuda a dos o más personas a comprender el origen de sus diferencias, a conocer
las causas y consecuencias de lo ocurrido, a confrontar sus visiones y a
encontrar soluciones para resolver aquéllas.
La mediación constituye un cauce complementario de
resolución de conflictos. Es una fórmula válida y aceptada en el Estado de
Derecho que se ajusta a una nueva concepción de la Justicia, al tiempo que
constituye una pieza relevante de la modernización de la Administración de
Justicia.
Son muy diversos los ámbitos en los que la mediación está
proyectando satisfactoriamente su potencialidad pacificadora de conflictos,
como herramienta complementaria a las soluciones tradicionales.
Desde esta reflexión el Consejo General del Poder Judicial
se ha sentido concernido y apostó desde 2005 por apoyar y auspiciar varias
líneas de trabajo, de apoyo activo a la mediación en diferentes ámbitos a
través de proyectos piloto. La línea de trabajo se ha consolidado en el ámbito
familiar intrajudicial y en el orden penal. Proyectos a los que se han sumado
la mediación civil y en el orden social.
En esta área se encuentra toda la información referida a
estas líneas de trabajo: relación de órganos implicados en el proyecto, de los
servicios de medicación, datos desagregados por comunidades autónomas y por
órdenes jurisdiccionales, informes periódicos de gestión, protocolos de
derivación a mediación, convenios suscritos con Administraciones e
Instituciones para la puesta en marcha de los proyectos, legislación,
jurisprudencia, estudios doctrinales, bibliografía...
Como importante herramienta se ofrece en el área restringida
a carrera judicial un foro de reflexión y consulta para intercambio de
problemas, dificultades técnicas, sustantivas o procesales, y sugerencia de
posibles soluciones.
Los compromisos asumidos por el Consejo al crear
expresamente una Vocalía Delegada para impulso y coordinación de la medición,
son:
- Estimular el impulso de la mediación, contribuyendo a crear una “cultura de la mediación” que proporcione a nuestros profesionales, los Jueces, herramientas para la resolución de conflictos en el ejercicio de la labor jurisdiccional en un mundo cada vez más complejo y que se manejen y desenvuelvan en situaciones más amplias que la estricta aplicación de la ley.
Esta tarea pedagógica se despliega tanto en la formación
inicial de los futuros jueces y juezas, como en la dirigida a quienes ya forman
parte de la carrera judicial.
- Analizar de forma periódica la actividad que hace cada órgano judicial del resultado de la experiencia. Estudia datos de los casos derivados a mediación, asuntos concluidos con acuerdo reparatorio, tipos de infracciones, etcétera. Esta información se documenta y se trata estadísticamente para centralizar la coordinación de la actividad y utilizar el material para la reflexión, estudio y análisis de optimización de tiempos de respuesta en estos mecanismos alternativos a la solución de conflictos.
*Además
de la labor de difusión de remoción de obstáculos para la colaboración
institucional o corporativa y de apoyo a los órganos judiciales y demás
operadores del proceso, el Consejo desarrolla una tarea de análisis con todo el
informe periódico de la actividad que hace cada órgano judicial del resultado
de la experiencia: datos de los casos derivados a mediación, asuntos concluidos
con acuerdo reparatorio, tipos de infracciones, etcétera, que se documenta y se
trata estadísticamente para centralizar la coordinación de la actividad y
utilizar el material para la reflexión, estudio y análisis de optimización de
tiempos de respuesta, mecanismos alternativos a la solución de conflictos.
Margarita Uría Etxebarria
Vocal Delegada para la Coordinación e Impulso del Proyecto de Mediación Penal y Civil coordinado por el CGPJ.
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