lunes, 30 de junio de 2008

MEDIACIÓN FAMILIAR. Anulación tasa para inscripción en el registro de mediadores.

Anulación del Anexo I del Decreto gallego que regula la figura mediador familiar, registro de mediadores familiares de Galicia y reconocimiento de mediación gratuita.


Tribunal Supremo, SalaTercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 9 Jun. 2008, Rec. 2693/2005
Ponente: Martí García, Antonio.
LA LEY 79099/2008
Cabecera
MEDIACIÓN FAMILIAR. Anulación del Anexo I del Decreto gallego que regula la figura mediador familiar, registro de mediadores familiares de Galicia y reconocimiento de mediación gratuita, en el particular que exige el abono de una tasa para la inscripción en el registro de mediadores. Incorporación de esta exigencia mediante la publicación de una corrección de errores de la norma, sin que el Decreto lo regule y sin que conste la misma en ninguno de los textos e informes previos a su publicación. Legalidad del procedimiento para la habilitación como mediador. No es un procedimiento discrecional de la Administración, sino que se permite su control jurisdiccional. PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. Planteamiento de cuestiones nuevas no solicitadas en la instancia.
Resumen de antecedentes y Sentido del fallo

El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de casación deducido por el Consejo de la Abogacía Gallega contra sentencia del TSJ Galicia y, en su lugar, anula el anexo I del Decreto 159/2003, de 31 Ene., por el que se regula la figura del mediador familiar, el Registro de Mediadores Familiares de Galicia y el reconocimiento de la mediación gratuita, en el particular que exige el pago de una tasa para la inscripción en el registro de mediadores.


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